Obras mayores y obras menores

Es importante saber, que el tipo de permiso a pedir (licencia, comunicado, enterado o autorización para actuaciones de urgencia) depende del lugar donde se quiera hacer la obra y de la clase de trabajos a realizar. Por eso también es importante saber diferenciar entre obras mayores y obras menores.

Se consideran obras mayores las que:
• Comportan un aumento de volumen y/o la superficie edificada en un edificio o solar.
• Implican la reforma integral de un edificio.
• Cambian el uso mayoritario de un edificio.
• Aumentan el número de viviendas de un edificio.
• Modifiquen en más de un metro la altura natural del terreno.

La licencia de obras mayores es el permiso que se debe pedir al ayuntamiento de Barcelona cuando se necesita hacer obras que:
• Comportan un aumento del volumen y/o la superficie edificada en un edificio o solar.
• Implican la reforma integral de un edificio.
• Cambian el uso mayoritario de un edificio.
• Aumentan el número de viviendas de un edificio.
• Modifican en más de un metro la altura natural del terreno.
Si ya se dispone de la licencia de obras pero se prevé que, por cualquier motivo, no se puede iniciar o finalizar las obras en las fechas autorizadas, será necesario pedir una prórroga de estos plazos antes de que caduquen.


Se consideran obras menores las que modifican, reforman o rehabilitan parcialmente un edificio existente, siempre que no alteren su configuración arquitectónica ni tengan carácter de intervención total.
Concretamente, se entienden como obras menores los trabajos parciales que no producen una variación esencial de la composición general, el volumen o la estructura de un edificio ni tienen por objeto cambiar sus usos característicos.

El comunicado de obras menores es el permiso que se tiene que pedir al Ayuntamiento de Barcelona cuando se tenga que ejecutar alguna de las siguientes obras en edificios que no constan en el Catálogo de protección del patrimonio monumental:
• Reformas interiores de locales o viviendas que modifiquen su distribución, si no afectan a la estructura del edificio.
• Restauración de fachadas, medianeras, patios y azoteas.
• Trabajos para instalar ascensores, si no afectan a la estructura del edificio.
• Instalación de elementos publicitarios en locales comerciales: letreros, toldos, etc.
• Instalación o construcción de vallas de solar.
• Actuaciones sobre jardines y solares que incluyan la tala de árboles.
• Instalación de bajantes, chimeneas y otras instalaciones comunes, si no afectan a la estructura del edificio.
• Instalación de grúas de construcción, si se ubican dentro de la parcela y no afectan a la vía pública.
• Instalación de montacargas de construcción, si se ubican dentro de parcela y no afectan a la vía pública.
• Instalación en el edificio de infraestructuras de telecomunicaciones comunitarias.
• Instalación de andamios y otros medios auxiliares similares: puentes colgantes, tubos de escombros, etc.

Si ya se dispone del comunicado de obras pero se prevé que, por cualquier motivo, no se puede iniciar o finalizar las obras en las fechas autorizadas, habrá que pedir una prórroga de estos plazos antes de que caduquen.

>> Ver cómo solicitar permiso de obras

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